SINACIG 2021-2022
Acuerdo No. A-028-2021 Del Contralor General De Cuentas
Artículo 2. Sujetos obligados y ámbito de aplicación. Las disposiciones que conforman el SINACIG, son de observancia general y obligatoria debe ser aplicado para ejercer el control interno institucional y la gestión de riesgos, por parte de la máxima autoridad, equipo de dirección, auditor interno y servidores públicos de las entidades a que se refiere el artículo 2 del Decreto Número 31-2002, del Congreso de la República.
Acuerdo No. A-028-2021 del Contralor General de Cuentas
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Acuerdo de Aprobación Implementación de Unidad Especializada SINACIG
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Acuerdo Aprobación Instrumentos de SINACIG
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INFORME GENERAL DE CONTROL INTERNO SINACIG
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SINACIG 2022 – 2023
Acuerdo No. A-001-2023 Del Contralor General De Cuentas
Artículo 1. ampliación . Se Amplia el pazo que establece el articulo 7 Transitorio del Acuerdo Numero A-028-2021 del 13 de junio de 2021, para que a mas tardar el 30 de abril del 2023, la Máxima Autoridad de las entidades sujetas a fiscalización y control gubernamental, apruebe y publique en su portal electrónico, la Matriz de Evaluación de Riesgos, el Mapa de Riesgos, el Plan de Trabajo de evaluación de Riesgos, el Informe Anual de Control Interno y la Matriz de Continuidad de Evaluación de Riesgos
Acuerdo Aprobación Instrumentos de SINACIG
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La matriz de evaluación de Riesgos, El Mapa de Riesgos, El Plan de Trabajo de Evaluación de Riesgos
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La Matriz de Continuidad de Evaluación de Riesgos
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